
Detectives y despido: 4 sentencias avalando el despido disciplinario
Detectives y despido: Recurrir a detectives para recabar pruebas que justifiquen y acrediten un despido es perfectamente lícito siempre y cuando se cumplan unos requisitos (idoneidad, proporcionalidad y necesidad).
Recopilamos en este post 4 ejemplos de sentencias muy recientes justificando la procedencia del despido basándose en las pruebas aportadas por detectives:
- Despido de un director por falsear el kilometraje
Un tribunal ha declarado procedente el despido de un trabajador (director regional) por trasgresión de la buena fe contractual. El trabajador facturó a su empresa 360 km más de los realmente realizados (TSJ de Canarias de 2 de septiembre de 2019).
Recuerda la sentencia que lo relevante no es la cantidad defraudada, sino la quiebra en la confianza de la empresa, que con razón dudará de que esa cantidad no fuera también percibida indebidamente por el trabajador en cada mensualidad.
Además, el puesto que ocupaba el empleado (director regional, máximo representante de la empresa) es muy relevante, ya que residía en él una total confianza empresarial.
2. De romería durante una baja por lumbalgia
Los tribunales van delimitando en qué casos sí y en cuáles no cabe declarar la procedencia del despido por actividades incompatibles con una baja por IT o que dificultan o entorpecen la recuperación.
Un buen ejemplo es esta sentencia del TSJ en la que se ratifica la procedencia del despido de un trabajador que estando de baja por dolor lumbar y con reposo recomendado fue pillado en una romería (TSJ de Andalucía de 27 de junio de 2019).
Razona el TSJ que el trabajador incurre en causa de despido, ya que la realización de estas tareas de turista y romero hacen presumir en buena lógica que eran de tal naturaleza que no podían ser consentidas por el empresario, ya que si estaba capacitado para las mismas lo estaba igualmente para su trabajo por cuenta ajena.
3. Despido de un conductor que estando de baja por IT por somnolencia seguía conduciendo
Un TSJ (frente al criterio del Juzgado de lo Social) declara procedente el despido de un conductor de transporte escolar que estando de baja por IT por somnolencia y apneas fue «pillado» conduciendo un vehículo y fumando (sent. del TSJ de Cataluña de 4 de julio de 2019).
Razana el TSJ que la única diferencia entre conducir un turismo y un transporte escolar es el número de personas afectadas por el riesgo, pues el riesgo sigue siendo el mismo para el que conduce y los ocupantes y para los demás usuarios de la vía.
No se puede ser apto para conducir y no ser apto a la vez, por lo que el fraude a la empresa y a la Seguridad Social es evidente.
4. Despido por competencia desleal durante una baja por IT
Facebook, detectives y despido disciplinario. Un tribunal avala el despido disciplinario por competencia desleal de una trabajadora que, mientras estaba de baja por IT, estaba prestando sus servicios como diseñadora de tocados por cuenta propia (Sentencia del TSJ de Andalucía de 16 de mayo de 2019).
Entre las pruebas aportadas destacaban imágenes y posts colgados por la trabajadora en redes sociales como Facebook e Instagram.
No hay lugar a dudas, señala el TSJ, de que ha quedado acreditada la competencia desleal. Entre otros motivos porque los diseños que está realizando y comercializando por cuenta propia, son del mismo ramo o actividad comercial a la que se dedica su empresa (diseño de ropa y complementos).
Además, algunos de los diseños realizados por la propia trabajadora después son publicados en los perfiles de la empleada en Facebook e Instagram como diseños propios.
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