
La empresa puede rechazar la retractación de un empleado durante el periodo de preaviso de baja voluntaria si existe mala fe por su parte
Una interesante sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid determina que es posible que una empresa se niegue a aceptar la retractación de un empleado durante el periodo de preaviso de la baja voluntaria si se demuestra, como sucede en este caso, que ha existido mala fe por su parte (sentencia del TSJ de Madrid 11 de julio de 2018).
El caso enjuiciado
Una trabajadora comunicó verbalmente a su empresa su decisión de causar baja voluntaria con fecha 15 de 08 de 2017, comprometiéndose a formar a la persona que ocupases su puesto de trabajo. Una semana después de la comunicación recogió sus enseres personales de su puesto, no regresando más a prestar sus servicios.
El 14 de agosto de 2017, a las 13:38 horas, la empresa mecanizó la baja voluntaria en el Régimen General de la Seguridad Social, con efectos desde el 15 de agosto. El 14 de agosto, la trabajadora remitió un correo a la empresa revocando su petición de baja voluntaria. Ese correo fue entregado a la empresa el 16 de agosto de 2017. El 18 de agosto, la empresa le remitió un correo comunicándole que su baja había sido tramitada y negándose a aceptar la revocación.
El 3 de agosto de 2017 la empresa había contratado a una trabajadora, mediante un contrato temporal por obra o servicio, con la misma categoría que la demandante y, desde esa fecha, ocupaba el puesto desempeñado por la trabajadora que había comunicado su baja voluntaria.
La sentencia
El TSJ avala la decisión de la empresa y considera lícito que se niegue a aceptar la revocación de su decisión de causar baja voluntaria al quedar acreditado que ha existido mala fe por parte de la trabajadora. En su sentencia, el TSJ deja claro que «la retractación no puede admitirse porque aunque se realiza durante el último día, la comunicación no llega a la emprsea hasta el día 16 de agosto de 2017».
Además, razona la empresa, la empresa ya había contratado a otra persona, que está prestando sus servicios desde el 3 de agosto y la trabajadora que solicitó la baja voluntaria no acudió a formar a la nueva empleada pese a que se había comprometido a ello. Todo esto, razona el tribunal, pone de manifiesto que «existe un comportamiento claro de ruptura de la relación, siendo contrario a la buena fe que teniendo conocimiento de que la empresa ha contratado a otra persona para su puesto de trabajo pretenda retractarse de su decisión».
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