
Las 3 sentencias laborales más consultadas publicadas esta semana en nuestro blog (en materia de cestas de Navidad, cesión de la baja maternal y aplicación de convenios)
Como hacemos habitualmente, recopilamos en este post las tres sentencias laborales más consultadas de las que hemos publicado esta semana en nuestro blog:
1. Cesta de Navidad como condición más beneficiosa: se aplica la prescripción del año (cuando la empresa la elimina sin avisar) y, por tanto, una vez pasado, no se puede reclamar. El Tribunal Supremo ha sentenciado recientemente que la cesta de Navidad puede llegar a convertirse en un derecho adquirido (condición más beneficiosa, CMB) para los trabajadores. Ahora, una sentencia muy reciente de la Audiencia Nacional recuerda que para reclamar su CMB, si la empresa suprime la cesta de manera unilateral, se aplica el plazo de prescripción de un año. Una vez pasado, ya no se podrá reclamar frente a la empresa por aplicación de la prescripción (sentencia de la AN de 3 octubre de 2018). Pinche aquí para conocer el análisis completo de ambas sentencias.
2. Importante sentencia del Tribunal Supremo sobre la cesión de la baja maternal al otro progenitor. El Tribunal Supremo vuelve a sentenciar que a la hora de ejercer la cesión de la baja por maternidad al otro progenitor no es preciso que la opción sea necesariamente coetánea con la solicitud de la prestación por parte de la madre (sentencia del TS de 26 de septiembre de 2018, que reitera doctrina y desestima el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la TGSS). Pinche aquí para conocer el análisis completo de la sentencia.
3. Convenios. La AN recuerda que el convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente. La Audiencia Nacional acaba de sentenciar (recopilando la jurisprudencia existente en la materia) que el convenio aplicable en empresas dedicadas a más de una actividad será el correspondiente a la que se desarrolle principalmente (sentencia de la AN de 29 de octubre de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis completo de la sentencia.
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