
Las 3 sentencias laborales más consultadas publicadas esta semana en nuestro blog (en materia de permiso de lactancia, nulidad de una msct y consideración de la SS como "autoridad laboral")
Como es habitual, recopilamos en este post las 3 sentencias laborales más consultadas publicadas esta semana en nuestro blog (en materia de permiso de lactancia, nulidad de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo y consideración de la Seguridad Social como «autoridad laboral» en las infracciones cuya potestad sancionadora le corresponda):
1. Permiso de lactancia: la empresa no puede negarse a que el padre lo disfrute durante el periodo de suspensión del contrato de la madre por maternidad: Importante sentencia de la Audiencia Nacional en materia del disfrute del permiso de la lactancia acumulada en la que determina que el padre puede acogerse al disfrute del permiso aunque la madre esté todavía disfrutando de la suspensión del contrato por maternidad.
La Audiencia Nacional deja muy claro que no existe ningún tipo de limitación legal a disfrutar el permiso de lactancia, cuando el otro cónyuge tiene suspendido el contrato por maternidad, no existiendo razón alguna para defender una interpretación restrictiva del derecho. Además, razona la AN, la decisión empresarial de negar el permiso de lactancia a los trabajadores hasta la 16 semana (fin del periodo de descanso por maternidad) impediría que la madre comparta con el padre parte de su permiso de maternidad, reduce los días del permiso de lactancia del padre y desincentiva el uso de ese derecho, lo cual comporta, en la práctica, un trato peyorativo para las mujeres (sentencia de la AN de 19 de julio de 2018). Pinche aquí para conocer el análisis de la sentencia.
2. Nulidad de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (msct) por no negociar de buena be.. La Audiencia Nacional declara nula una modificación sustancial al entender que no existe negociación en el verdadero sentido del término cuando quien se acerca a la mesa de consultas de una medida de flexibilidad interna lo hace con una única posibilidad sobre la mesa (la suya). En este caso, la AN entiende que esa parte (en este caso, la empresa) no negocia porque no intercambia valor alguno, ni efectúa concesiones, ni ofrece opciones; sencillamente se limita tratar de cumplir formalmente un trámite, el de periodo de consultas o de negociación y tal comportamiento no constituye una negociación de buena fe, (sentencia de la Audiencia Nacional de 24 de julio de 2018).Pinche aquí para conocer el análisis de la sentencia.
3.TS, en unificación de doctrina: la TGSS debe ser considerada como “autoridad laboral” en las infracciones en materia de Seguridad Social cuya potestad sancionadora le corresponda : El Tribunal Supremo acaba de dictar una importante sentencia, en unificación de doctrina, donde deja claro que en el proceso de oficio previsto en el artículo 148 b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social(LRJS), que establece que la legitimación activa la ostenta la Autoridad Laboral, hay que entender por tal a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en las infracciones en materia de Seguridad Social cuya potestad sancionadora le corresponda en virtud de norma aplicable al caso (sentencia del TS de 11 de julio de 2018, en unificación de doctrina y que reitera la doctrina de las sentencias de 1 de marzo de 2017 y 7 marzo de 2017).Pinche aquí para conocer el análisis de la sentencia.
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