15 Jun

Las tres sentencias laborales mas consultadas esta semana en nuestro blog

Recopilamos en este post las tres sentencias laborales más consultadas esta semana en nuestro blog:

1. Retribución durante las vacaciones. La Audiencia Nacional (AN) determina que es lícita la práctica empresarial según la cual durante las vacaciones la retribución se computa en función de la jornada vigente en el momento del disfrute (sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de mayo de 2018, que tiene en cuenta lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2018, que determina que no hay que abonar complementos durante las vacaciones si se perciben menos de seis meses). Pinche aquí para consultar el análisis sobre esta sentencia.

2. Baja por IT en caso de operación de cirugía estética. Una operación de cirugía estética no da derecho a percibir la prestación por IT, pero si surgen complicaciones derivadas de dicha intervención sí. En caso de que un trabajador se someta a una operación de cirugía puramente estética, no tiene derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal (IT) al no cumplirse los requisitos que dan derecho a ello (al no derivarse de una contingencia de enfermedad, ni común ni profesional, ni tampoco de accidente). Ahora bien, una sentencia del TSJ de País Vasco de 23 de enero de 2018 ha determinado que aunque la operación en sí de cirugía estética no da derecho a la prestación, si se producen complicaciones derivadas de la operación que conlleven la baja, sí hay derecho a percibirla. Pinche aquí para consultar el análisis de esta sentencia.

3. Maternidad subrogada. El Tribunal Supremo acaba de dictar sentencia en la que determina que tiene derecho a percibir la prestación por maternidad el progenitor que para poder serlo acude a la gestación por sustitución en el extranjero (sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2018, en unificación de doctrina). En su sentencia, el TS falla a favor de un trabajador en su demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), declarando su derecho a la prestación por maternidad solicitada por el periodo y la cuantía que le corresponda, condenando al INSS a su reconocimiento y abono. Pinche aquí para consultar la noticia publicada en nuestro blog.

Recuerde que si necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal&contable, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos.

Por: Estela Martín

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