19 Ago

Las tres sentencias laborales más consultadas publicadas esta semana en nuestro blog: tickets restaurante, retribución diferente en un mismo puesto vinculada a objetivos y plazo para reclamar frente a una modificación sustancial

Como cada semana, recopilamos en este post las tres sentencias laborales más consultadas publicadas en nuestro blog durante esta semana:

1. Importante sentencia de la Audiencia Nacional sobre los ticket restaurante: si el convenio se limita a establecer su entrega “hasta el límite fiscalmente exento”, la empresa no puede negarse a subir de los 9 a los 11 euros actualmente exentos. La AN entiende que si el convenio o acuerdo se limita a establecer fórmulas como ésta: “el empleado percibirá Tickets de Comida de acuerdo con los siguientes importes: 6 € al año, 5 días a la semana, 11 meses al año, con incremento de 1€ por día y año hasta el límite fiscalmente exento”, la empresa no puede negarse a subir de los 9 euros anteriores exentos a los 11 euros actualmente vigentes (sentencia de la Audiencia Nacional de 4 de julio de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis completo de la sentencia.

2. Diferente retribución en el mismo puesto en función del grado de desempeño de los empleados. El Tribunal Supremo avala la posibilidad de que la empresa pueda asignar distintos niveles retributivos para el mismo puesto en función del nivel de desempeño. En concreto, el TS entiende que es posible que una empresa pueda asignar distintos niveles retributivos para el mismo puesto en función del nivel de desempeño que muestren los empleados asignados a dicho puesto sin que esto suponga vulnerar necesariamente lo establecido en el convenio colectivo de aplicación (sentencia del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2018). Pinche aquí para acceder al análisis completo de la sentencia.

3. Plazo para reclamar en caso de que una empresa imponga una medida que constituya una modificación sustancial «saltándose» el procedimiento establecido en el art. 41 del ET. La Audiencia Nacional entiende que el plazo de 20 días de caducidad para la impugnación de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo es aplicable en todo caso, incluso aunque la empresa no haya seguido el trámite establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (sentencia de la Audiencia Nacional de 5 de julio de 2018, que estima la petición de excepción de caducidad de la acción alegada por el letrado de una entidad bancaria). Pinche aquí para acceder al análisis íntegro de la sentencia.

Y recuerde que si su empresa necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal o contable, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos.

Por: Estela Martín

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