
Petición de reincorporación tras excedencia voluntaria al ver publicada una oferta de empleo de la empresa en Linkedin: se desestima (diferente categoría)
En caso de excedencia voluntaria, lo que tienen los trabajadores (a salvo de lo que pueda establecer el convenio colectivo) es un derecho preferente al reingreso en caso de surgir vacantes de igual o similar categoría. En esta sentencia se desestima la petición de reingreso al entender que la oferta de empleo publicada en Linkedin no era para un puesto de su categoría.
Aunque en la sentencia se desestima la petición del trabajador (STSJ de Canarias de 22/06/2023), las empresas deberían ser conscientes de que las ofertas de empleo son una de las vías más utilizadas para intentar demostrar por parte de trabajadores que solicitan la reincorporación tras la excedencia que hay vacantes de su misma o similar categoría.
El caso concreto enjuiciado
La sentencia de instancia desestimaba la demanda presentada por el trabajador, quien solicitaba su reincorporación, tras una excedencia, al puesto de trabajo ofrecido por la empresa en la red social Linkedin el 23 de febrero de 2021, así como el abono de los salarios correspondientes desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.
La empresa demandada se oponía a dicha pretensión, argumentando que la categoría profesional del demandante no se correspondía con el puesto ofertado y que no disponían de vacante dentro de su categoría profesional en el momento de la solicitud.
Mediante escrito de 16 de febrero de 2018 la empresa atendió a la solicitud del trabajador de iniciar un periodo de excedencia voluntaria con efectos del 15 de marzo de 2018 al 14 de marzo de 2019.
Tras solicitar el trabajador en fecha 24 de enero de 2019 su reincorporación, la empresa demandada le comunicó no poder atender a su solicitud por carecer de vacante dentro de su categoría profesional.
Mediante Sentencia firme dictada por este Juzgado en los Autos 113/2019 se desestimó la demanda interpuesta por el actor en que solicitaba la reincorporación a su puesto de trabajo.
El puesto de trabajo del actor (Jefe de Ventas regional de Fuerteventura, Lanzarote y La Palma) fue cubierto por la empresa demandada mediante contrato indefinido suscrito con Don Onesimo en fecha 12 de junio de 2018.
La empresa demandada mediante la plataforma Linkedin ofreció el puesto de Regional Distribution Manager en las regiones del área 2 (Levante) y el área 7 (Canarias).
El puesto tenía asignado un nivel 5 A dentro de la organización reportando directamente al Commercial Director Distribution & Wholesale – Spain en el Departamento On Trade.
La sentencia del TSJ de Canarias: se desestima la petición del trabajador. La oferta publicada en Linkedin no es para la misma categoría
El TSJ de Canarias ratifica la sentencia del JS.
La sentencia de instancia consideró probado que el puesto de trabajo al que se pretendía reincorporar el demandante era el de Regional Distribution Manager con un nivel 5 A, mientras que la categoría profesional que ostentaba el demandante era la de NUM001 .
Asimismo, la sentencia de instancia entendió que no existían vacantes de igual o similar categoría a la que ostentaba el demandante en el momento de la solicitud, después de analizar las pruebas practicadas en el procedimiento. Se destacó que el puesto ofertado presentaba diferencias notorias con el que ostenta el trabajador, ya que suponía la gestión y dirección de dos zonas comerciales, con un centro de trabajo en Madrid y un nivel salarial significativamente superior.
Además, se consideró probado que desde febrero de 2021, todas las contrataciones efectuadas por la empresa demandada para el grupo habían sido para puestos distintos al de Jefe Regional de Ventas y áreas geográficas distintas a Canarias.
En base a la doctrina jurisprudencial aplicable, la sentencia de instancia resolvió que el derecho potencial o expectante del trabajador en excedencia voluntaria sólo podría ejercerse de manera inmediata cuando su mismo puesto de trabajo, u otro similar o equivalente, se encontrara disponible en la empresa, lo cual no ocurría en el caso concreto
Y en cuanto a lo alegado por la defensa del trabajador en el recurso de suplicación, señala el TSJ que no puede replantearse de nuevo toda la prueba, y menos aún la personal, para sostener que el
puesto de trabajo ofertado en Linkedin era semejante al que él ocupaba, cuando del inalterado relato fáctico se desprende que se trataba de puestos distintos, de niveles diferentes, con tareas diversas y salarios opuestos.
Y puesto que no había, al tiempo de la petición de reingreso, vacante «de igual o similar categoría», a la que el trabajador pudiera acceder, se ratifica la senencia del JS que desestimó la petición del trabajador.