
Sentencias laborales de enero a julio de 2018: recopilamos en este post 7 sentencias (1 por cada mes) destacadas dictadas por los tribunales
Todos los meses hay sentencias importantes dictadas por los tribunales en materia laboral. Recopilamos en este post 7 sentencias laborales (una por cada uno de los meses que van de enero a julio de 2018) que a todas las empresas, y en especial a los responsables de RRHH, les interesa conocer:
Enero. Una operación de cirugía estética no da derecho a percibir la prestación por IT, pero si surgen complicaciones derivadas de dicha intervención sí. En caso de que un trabajador se someta a una operación de cirugía puramente estética, no tiene derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal (IT) al no cumplirse los requisitos que dan derecho a ello (al no derivarse de una contingencia de enfermedad, ni común ni profesional, ni tampoco de accidente). Ahora bien, una sentencia del TSJ de País Vasco ha determinado que aunque la operación en sí de cirugía estética no da derecho a la prestación, si se producen complicaciones derivadas de la operación que conlleven la baja, sí hay derecho a percibirla (sentencia del TSJ de País Vasco de 23 de enero de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis completo de la sentencia.
Febrero. El Tribunal Supremo dicta una importante sentencia relativa a la figura de los falsos autónomos en lo que respecta al contrato marco de colaboración para la ejecución de obras, en concreto, en una empresa dedicada a la realización de trabajos de instalación y reparación de ascensores. El TS entiende que existe relación laboral y que no cabe cubrir los servicios con un autónomo (sentencia del TS de 8 de febrero de 2018). Pinche aquí para conocer el análisis de la sentencia.
Marzo. Acoso sexual en el trabajo: el TSJ de Las Palmas que declara la procedencia del despido disciplinario de un jefe de bar por acosar a una empleada (sentencia del TSJ de Las Palmas 6 de marzo de 2018). El TSJ deja muy claro que, aun aceptando -como hizo el Juzgado de instancia- que lo único que quedó probado en el pleito fue que el trabajador cogiera por la cadera en una ocasión a su subordinada y le dijera “qué buena estás”, tal hecho por sí sólo es constitutivo de una infracción al Estatuto de los Trabajadores, a la Ley para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres de 2007 y a las recomendaciones de la Unión Europea que justifica el despido. Pinche aquí para conocer el análisis de la sentencia.
Abril. Retribución durante las vacaciones: debe incluir todos los conceptos salariales si el convenio se limita a indicar la expresión “salario real”. El Tribunal Supremo determina, a la hora de calcular la retribución durante las vacaciones, que dicha retribución debe incluir todos los conceptos retributivos de naturaleza salarial que el trabajador percibe de manera habitual y forman parte de la retribución media y ordinaria, en el caso de que el convenio se limite a indicar que debe ser el “salario real” del trabajador, sin mayores precisiones. El TS entiende en este caso que no puede excluirse la llamada bolsa de vacaciones, ni los complementos de peligrosidad y cámaras frigoríficas, así como tampoco el denominado de manutención y alojamiento que, en el caso de este convenio, se considera de carácter salarial (sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis.
Mayo. Es procedente el despido disciplinario por faltas injustificadas de asistencia por no reincorporarse al puesto tras una excedencia, sin que quepa escudarse en haber recogido tarde el burofax de reincorporación. Interesante sentencia del TSJ de Asturias que da a la razón a una empresa que procedió a comunicar el despido disciplinario por faltas injustificadas de asistencia a un trabajador que no se reincorporó a su puesto tras una excedencia voluntaria. La empresa le envió dos burofax instándole a su reincorporación. Como el empleado no respondió, finalmente procedió a comunicarle su despido. El TSJ avala la posición de la empresa y deja claro además que el trabajador no puede escudarse en que no recibió a tiempo los burofaxes (sent. del TSJ de Asturias de 21 de mayo de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis.
Junio. Las 4 sentencias de la Audiencia Nacional dictadas el mes de junio de 2018 diferenciando entre permisos “cortos” y “largos” a efectos de determinar cuándo empieza el disfrute de los permisos retribuidos: si desde el hecho causante, es decir, desde el día en que se produce el hecho que da lugar al permiso, o bien desde el primer día laborable. Pinche aquí para conocer el análisis de las cuatro sentencias.
Julio. Importante sentencia de la Audiencia Nacional relativa a la entrega de ticket restaurante a los empleados. Si el convenio o acuerdo se limita a establecer fórmulas como ésta: “el empleado percibirá Tickets de Comida de acuerdo con los siguientes importes: 6 € al año, 5 días a la semana, 11 meses al año, con incremento de 1€ por día y año hasta el límite fiscalmente exento”, la empresa no puede negarse a subir de los 9 euros anteriores exentos a los 11 euros actualmente vigentes (sentencia de la Audiencia Nacional de 4 de julio de 2018). Pinche aquí para consultar el análisis de dicha sentencia.
Y recuerde que si necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal o contable, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos. Además, en nuestro blog (el blog de Sincro) encontrará diariamente las sentencias laborales más importantes dictadas por los tribunales.