19 Oct
sentencias laborales 2023

El TS modifica su doctrina sobre el recurso de suplicación en torno a las modificaciones sustanciales (MSCT)

El Tribunal Supremo ha modificado su doctrina en torno al recurso de suplicación en las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. No cabe recurso de suplicación frente a la sentencia dictada en modalidad procesal de MSCT (STS de 14 de septiembre de 2023).

Tal y como expone el TS en la sentencia: «modificamos la doctrina sentada por nuestras SSTS 210/2016 de 10 marzo (rcud 1887/2014) y 831/2017 de 24 octubre (rcud. 3175/2015) y concordantes en cuanto permitían la suplicación atendiendo a la cuantía de los daños y perjuicios provocados por la decisión empresarial cuestionada».

El caso concreto enjuiciado

Se interpone recurso ante el Tribunal Supremo para determinar si cabe recurso de suplicación frente a una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social en torno a un supuesto de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

En concreto, en la demanda el  trabajador impugna lo que, a su parecer, constituía una MSCT, cuya nulidad insta. A dicha pretensión acumula la reclamación de 6.000 € de indemnización por vulneración de derechos fundamentales (garantía de indemnidad).

El suplico de la demanda termina solicitando, con carácter subsidiario, que se declare el carácter injustificado de la medida empresarial, con reposición a sus anteriores condiciones de trabajo y el abono, en cualquier caso, de los salarios dejados de percibir, cuya cuantificación se difiere al acto de la vista.

La sentencia del Supremo: cambio de doctrina. Recurso de suplicación en procesos de MSCT

Cumpliendo la misión que constitucional y legalmente nos está reservada ( arts. 123 y 152.1 CE; art. 219 LRJS) debemos unificarlas discrepantes doctrinas enfrentadas en el presente caso. En este sentido, consideramos acertada la contenida en la sentencia recurrida.

En conclusión: no cabe recurso de suplicación frente a la sentencia dictada en modalidad procesal de MSCT aunque incorpore reclamación de cuantía superior a 3.000 € derivada de aplicar la decisión empresarial impugnada.

Así se desprende de una interpretación sistemática, teleológica y literal de los preceptos procesales en presencia ( arts.138.7; 191.2.e y 191.2 LRJS) y de su entendimiento acorde con las garantías constitucionales ( Art. 24 CE).

Se desestima el recurso interpuesto por el trabajador frente a la sentencia nº 1321/2020 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 8 de junio.

De este modo, modificamos la doctrina sentada por nuestras SSTS 210/2016 de 10 marzo (rcud 1887/2014) y 831/2017 de 24 octubre (rcud. 3175/2015) y concordantes en cuanto permitían la suplicación atendiendo a la cuantía de los daños y perjuicios provocados por la decisión empresarial cuestionada

En el presente caso, el trabajador en su demanda formuló una acción de modificación sustancial de condiciones de trabajo y una acción de vulneración de derechos fundamentales, solicitando la nulidad de la medida y el abono de una indemnización de 6.000 € por vulneración del derecho fundamental y, subsidiariamente, instó la declaración como injustificada de la medida reponiendo al demandante en las condiciones que tenía con anterioridad a la modificación impugnada, reclamando asimismo los salarios dejados de percibir.

Estas peticiones fueron reproducidas en la vista oral. En dicho acto, el trabajador cuantificó, además, la petición relativa al abono de los salarios dejados de percibir en 10.659,60 €.

En el presente caso cabía recurso de suplicación por la vulneración de derechos fundamentales (a la indemnidad), pero esta pretensión fue abandonada: su recurso de suplicación indicaba que » se desiste en este recurso de la solicitud de nulidad por vulneración de derechos fundamentales y por ello de la indemnización adicional solicitada en la demanda, manteniendo el resto de las pretensiones de la demanda rectora del procedimiento

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