06 Mar

Tribunales: Sanción por no suministrar a los carteros crema de protección solar

El Juzgado de lo Social de Las Palmas ha confirmado parcialmente la sanción impuesta por la inspección de trabajo autonómica a una empresa de paquetería por no suministrar crema de protección frente al sol a los carteros en Canarias.

En concreto, el Juzgado ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la empresa contra la sanción de 8.196 euros que le impuso la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y vivienda del Gobierno de Canarias en noviembre de 2016 por no incluir en la evaluación de riesgos laborales el asociado a la exposición a las radiaciones solares de los carteros con vehículo y de «a pie».

La autoridad judicial confirma la sanción al considerar tal omisión una falta “grave”, aunque reduce la cuantía de la multa a 5.120 euros.

Según recapitula el fallo, la inspección autonómica sancionó a Correos tras confirmar en dos inspecciones de trabajo en septiembre de 2015 y enero de 2016 que en la evaluación de riesgos laborales no se contemplaba el de la exposición a radiaciones solares de los funcionarios que trabajaban en la calle.

Correos acudió a la jurisdicción laboral contra la decisión de la Administración autonómica, y entre otras cuestiones alegó que ya entregaba a sus empleados ropa de trabajo para la época de verano y gorras.

Por su parte, la Inspección autonómica replicó que el artículo 6 del Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, establece en la llamada «lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual” los protectores de la piel, cremas de protección y pomadas.

A la vista de dicha regulación, el tribunal entiende que “debemos coincidir con la Inspección en que el riesgo a la radiación solar ha de ser tenido en cuenta en la evaluación de riesgos, no alcanzando a entenderse las resistencias de la compañía”. Pinche aquí para consultar el comunicado emitido al respecto por el Cendoj.

Por: Estela Martín

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